Firmar un contrato suele percibirse como el momento en que una operación queda resuelta. Sin embargo, en muchos casos la firma únicamente formaliza decisiones que todavía no fueron explicadas con suficiente claridad.

Una persona puede conocer el precio y estar de acuerdo con la operación, pero ignorar cuándo debe pagar, qué documentos recibirá, quién asumirá determinados gastos, qué obligaciones seguirán pendientes o qué ocurrirá si alguna de las partes incumple.

El problema no siempre está en que falte una cláusula. En ocasiones, el verdadero problema es que las partes atribuyen significados distintos a lo que están firmando.

En mi experiencia, una parte importante de los conflictos contractuales comienza antes de la firma. Surge cuando una persona acepta términos cuyo alcance no comprendió por completo, o cuando el documento utiliza un lenguaje que solo resulta familiar para quien lo redactó.

Como abogados, podemos caer en la tentación de utilizar todas las expresiones técnicas que dominamos. Sin embargo, el cliente no contrata un documento para admirar su complejidad. Lo contrata para entender con precisión qué está aceptando, qué debe cumplir y qué puede exigir.

1. Qué se está contratando realmente

El primer punto debe parecer evidente, pero no siempre lo es. Las partes deben identificar con precisión el objeto del contrato: qué bien, servicio, derecho u obligación se está transmitiendo, prestando o asumiendo.

Cuando se trata de un inmueble, por ejemplo, debe quedar claro cuál es, qué superficie comprende, qué elementos incluye, en qué estado material se encuentra y qué documentos respaldan su situación jurídica.

Antes de discutir las consecuencias del incumplimiento, debe existir certeza sobre aquello que cada parte considera que está transmitiendo o adquiriendo.

2. Si el contrato puede entenderse con claridad

Uno de los errores más frecuentes en la redacción jurídica consiste en confundir precisión con complejidad.

Los conceptos técnicos son necesarios cuando cumplen una función jurídica específica. Lo que debe evitarse es utilizarlos sin explicación, acumular fórmulas tradicionales que no aportan claridad o redactar de tal manera que el cliente necesite una traducción posterior para comprender lo que firmó.

Un contrato bien redactado debe conservar rigor jurídico y, al mismo tiempo, permitir que las partes identifiquen:

  • qué obligación están asumiendo;
  • cuándo deben cumplirla;
  • qué condiciones pueden modificarla;
  • qué riesgos existen; y
  • qué consecuencias pueden presentarse si algo no ocurre como se acordó.
Un contrato no debe demostrar cuánto sabe quien lo redactó; debe dejar claro qué aceptaron quienes lo firman.

3. Cuánto se pagará, cuándo y bajo qué condición

El precio no queda suficientemente claro con una sola cantidad. También debe precisarse si habrá anticipo, si ese pago forma parte del precio, cuándo se cubrirá el saldo, mediante qué medio, qué comprobante se entregará y si algún pago depende de la obtención de documentos o del cumplimiento de una etapa previa.

Cuando la operación se pacta en moneda extranjera, debe establecerse el tipo de cambio aplicable o el mecanismo mediante el cual será determinado.

Una cantidad puede ser clara y, aun así, la forma de pago resultar ambigua.

4. Qué debe hacer cada parte y en qué momento

Firmar no siempre significa que la operación pueda concluirse de inmediato. Puede ser necesario obtener certificados, cancelar un gravamen, regularizar información, liquidar adeudos, exhibir poderes, conseguir autorizaciones o entregar documentación adicional.

El contrato debe indicar quién es responsable de cada gestión, en qué plazo deberá realizarla y qué consecuencia tendrá que no se cumpla.

También debe precisarse, cuando corresponda, en qué momento se entregará la posesión, el bien, los documentos, las llaves, los accesos o cualquier elemento necesario para materializar el acuerdo.

Una parte importante de la confianza se pierde cuando alguien descubre, después de firmar, que todavía existen trámites o condiciones que nadie le explicó.

5. Qué ocurrirá si algo no sale como se esperaba

Un contrato serio no se limita a describir el escenario ideal. También debe prever retrasos, falta de documentos, incumplimiento de pagos, negativa a formalizar, imposibilidad de entregar el bien o aparición de circunstancias que alteren la operación.

Las consecuencias deben ser proporcionales, comprensibles y posibles de aplicar. No se trata de redactar amenazas, sino de evitar que el conflicto empiece precisamente cuando las partes dejan de coincidir.

Las consecuencias del incumplimiento deben conocerse antes de firmar, no descubrirse cuando el problema ya existe.

Antes de firmar, las partes deberían poder explicar:

  • qué están contratando;
  • qué significa cada obligación relevante;
  • cuánto y cómo se pagará;
  • qué debe hacer cada parte y en qué plazo; y
  • qué ocurrirá si una condición no se cumple.

La claridad también es una forma de protección

Firmar debe ser el resultado de una decisión comprendida, no únicamente de una negociación aceptada.

Cuando alguna de las respuestas anteriores todavía es confusa, probablemente el acuerdo aún no está listo para formalizarse.

La revisión jurídica preventiva no consiste solamente en agregar cláusulas. También implica identificar lo que no se ha explicado, ordenar los acuerdos y traducirlos en obligaciones que ambas partes puedan comprender.

Un contrato bien elaborado no sustituye la confianza entre las partes; la vuelve verificable.